Nuevas normas aplicables a la agricultura, la silvicultura, la pesca y la acuicultura
Bruselas, 14 de diciembre de 2022
La Comisión Europea ha adoptado hoy normas revisadas sobre las ayudas estatales a los sectores de la agricultura, la silvicultura, la pesca y la acuicultura.
Las normas revisadas ajustarán las ayudas estatales a las prioridades estratégicas de la UE, y en particular la política agrícola común (PAC), la política pesquera común (PPC) y el Pacto Verde Europeo.
La Comisión también ha decidido prorrogar un año la validez del llamado Reglamento de minimis en el sector pesquero.
Nuevas normas para la agricultura, la silvicultura, la pesca y la acuicultura en la Unión Europea
Las nuevas normas sobre ayudas estatales que forman parte del paquete adoptado hoy son las siguientes:
- El Reglamento de exención por categorías en el sector agrícola y el Reglamento de exención por categorías en el sector pesquero revisados, que declaran categorías específicas de ayudas estatales compatibles con el Tratado y las eximen del requisito de notificación previa y aprobación por parte de la Comisión, siempre que cumplan determinadas condiciones.
- Esto permitirá a los Estados miembros prestar ayuda con rapidez, siempre que se cumplan condiciones que limitan la distorsión de la competencia en el mercado único.
- Las normas establecidas en el Reglamento de exención por categorías en el sector agrícola y el Reglamento de exención por categorías en el sector pesquero son complementarias de las establecidas en las Directrices aplicables a los sectores agrícola, forestal y pesquero, que establecen las condiciones en las que la Comisión evalúa si las medidas de ayuda estatal que no estén exentas por categorías son compatibles con el mercado único.
- Las nuevas Directrices sobre ayudas estatales a los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales («Directrices agrícolas»), y las nuevas Directrices sobre ayudas estatales en el sector de la pesca y la acuicultura («Directrices pesqueras») se basan en la experiencia práctica reciente de la Comisión y las prioridades estratégicas actuales de la UE, concretamente la política agrícola común («PAC»), el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura («FEMPA») y el Pacto Verde Europeo, además de la Estrategia «De la Granja a la Mesa» y la Estrategia sobre Biodiversidad.
El Reglamento de exención por categorías en el sector agrícola y el Reglamento de exención por categorías en el sector pesquero revisados, así como las Directrices agrícolas, se aplicarán a partir del 1 de enero de 2023.
Las Directrices pesqueras que ha aprobado hoy la Comisión se aplicarán una vez que estén listas todas las versiones lingüísticas. Mientras tanto seguirán aplicándose las de 2015, que se modificaron en 2018.
La Comisión también ha decidido prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2023 el Reglamento de minimis aplicable al sector pesquero [Reglamento (UE) n.º 717/2014], actualmente en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022.
A raíz de las peticiones de las partes interesadas y de varios Estados miembros realizadas durante los procesos de consulta, esta prórroga permitirá a la Comisión finalizar su proceso de revisión, así como su reflexión en curso sobre si la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura ya no deben incluirse en el Reglamento de minimis en el sector de la pesca y, en cambio, entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento general de minimis.
Este Reglamento establece límites máximos más elevados que el Reglamento del sector de la pesca. La transformación y comercialización de productos agrícolas ya entran en el ámbito de aplicación del Reglamento general de minimis.
Los Reglamentos de minimis eximen a las pequeñas ayudas del ámbito de aplicación del control de las ayudas estatales, ya que se considera que no tienen ningún efecto en la competencia y el comercio en el mercado interior.
En consecuencia, las ayudas de minimis pueden concederse sin notificación y aprobación previas por parte de la Comisión.
En el transcurso del próximo año se adoptará una última modificación del Reglamento de minimis del sector pesquero.
Las normas revisadas
Los principales cambios introducidos en el Reglamento de exención por categorías en el sector agrícola y el Reglamento de exención por categorías en el sector de la pesca incluyen una importante ampliación del ámbito de aplicación de las medidas de exención por categorías. Se trata concretamente de lo siguiente:
- Nuevas categorías de medidas de exención por categorías, tales como las ayudas destinadas a prevenir o compensar los daños causados por animales protegidos, las ayudas en favor de compromisos de gestión medioambiental, las ayudas a la cooperación en los sectores de la agricultura y la silvicultura, o las ayudas destinadas a reparar los daños causados por desastres naturales en los sectores de la pesca y la acuicultura.
- Medidas de exención por categorías a medida para proyectos de desarrollo local participativo destinados a promover el desarrollo de las zonas rurales a escala local.
- Un nuevo límite máximo para los proyectos de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación destinados a introducir innovaciones en el sector agrícola y en las zonas rurales.
- Los proyectos por debajo de 500 000 o hasta 2 millones de euros por empresa están ahora exentos por categorías.
Sobre la base de la experiencia adquirida por la Comisión, las nuevas normas eximen por categorías hasta el 50 % de los casos que antes estaban sujetos a notificación.
Las Directrices agrícolas revisadas introducen los principales cambios siguientes:
- Un nuevo procedimiento simplificado de autorización de las ayudas estatales en el caso de las medidas cofinanciadas con cargo a la PAC;
- Una ampliación del ámbito de aplicación de las medidas contra las enfermedades animales y las plagas vegetales, de manera que se puedan conceder ayudas por nuevas enfermedades animales y determinadas especies exóticas invasoras;
- Nuevos incentivos para que los agricultores adopten regímenes por los que se atengan a unas normas medioambientales más estrictas que las exigidas por la ley.
Las Directrices pesqueras revisadas introducen los principales cambios siguientes:
- Una ampliación del ámbito de aplicación de las medidas contra las enfermedades animales en la acuicultura, de manera que se puedan conceder ayudas por nuevas enfermedades animales y determinadas especies exóticas invasoras;
- Introducción de nuevas categorías de ayuda, tales como ayudas a las flotas y medidas de paralización (en consonancia con el FEMPA) y ayudas a la inversión en equipos que contribuyan a la seguridad de los buques pesqueros en las regiones ultraperiféricas de la Unión. Al mismo tiempo, cabe señalar que es poco probable que se aprueben medidas de aumento de la capacidad.
FUENTE: Nota de prensa de la Comisión Europea.
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